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¿Querés emprender y precisas ayuda económica?

A través del programa Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales el Ministerio de Desarrollo Social aporta a emprendedores/as y cooperativas fondos para la compra de maquinarias, herramientas, materiales y asistencia técnica con participación de universidades y centros de formación.

¿A quién está dirigido el programa?

A emprendedores y emprendedoras que tienen una única actividad económica productiva, comercial o de servicios, proyectos productivos o de servicios de 2 a 20 integrantes y cooperativas de trabajo con un mínimo de 6 asociados o asociadas.

 

¿Qué necesito para obtener la ayuda?

  • Ser mayor de dieciocho (18) años.

  • Presentar Documento Nacional de Identidad.

  • Ser argentino -nativo, naturalizado o por opción- o extranjero con residencia permanente o temporaria.

  • Encontrarse en condiciones de vulnerabilidad social, o en situación de desempleo, o ser titular de programas de inclusión y encontrarse desarrollando, o querer iniciar, emprendimientos económicos vinculados al Desarrollo Local y la Economía Social, sean productivos, comerciales o de servicios. Dicha situación debe ser respaldada con informe técnico social y cotejo de datos patrimoniales.

  • Desarrollar una única actividad económica independiente incluida en el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario AFIP N° 883, en su versión abreviada, identificado como documento IF2018-42607006-APNDNAYGSPESYP#MDS. En caso de extranjeros, la actividad económica debe desarrollarse en los términos establecidos en los artículos 51 y 52 de la Ley 25.871. No podrán inscribirse profesionales con título universitario cuya finalidad sea facturar honorarios profesionales por servicios de asesoramiento técnico, científico o pericial.

  • Tener ingresos procedentes sólo de la actividad económica declarada; salvo aquellos provenientes de programas de inclusión social, pensiones no contributivas, jubilaciones, pensiones o relación de dependencia cuando los ingresos brutos no superen el haber previsional mínimo (artículo 125 de la Ley 24.241), Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo para la Protección Social.

  • Ser propietario de hasta dos (2) bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.

  • Ser propietario de hasta un máximo de tres (3) bienes muebles registrables.

  • No ser empleador, ni sujeto tributario del impuesto a los bienes personales ni ganancias.

 

Estamos para acompañarte, envíanos tu consulta a info@desarrollodenegocios.com.ar